Carta al ministro García-Margallo

Excelentísimo Señor García-Margallo,

Como ministro de asuntos exteriores del Reino de España y recuperando sus declaraciones sobre el asunto catalán y la independencia de Catalunya, me gustaría hacerle algunas reflexiones. Sepa ante todo que no soy experto en derecho ni en tratados internacionales pero entiendo que estos tratados tienen que ser entendibles para todos. Es más, ¿qué sentido tendría hacer tratados internacionales que cada cual los pudiese interpretar como quisiera? Las leyes y tratados deberían ser simples y entendibles para la mayoría. Yo, humildemente, desde mi posición, sólo trato de reflexionar sobre el tema.

Se basan ustedes con el artículo 2 de la Constitución Española. Curiosamente, la mayoría de gente lee o recuerda hasta la segunda coma, concretamente, hasta “[…] indivisible de todos los españoles“ pero lo cierto es que el artículo, según puedo leer en la Carta Magna, es un poco más largo. El artículo es como sigue: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Mi pregunta es clara y concisa, ¿cuáles son las nacionalidades y regiones que la integran? Podríamos discutir qué se entiende por nacionalidad pero, me gustaría creer que ésta parte fue un giño a vascos, galegos y catalanes.

En segundo lugar, usted afirma (según he leído) que la secesión de una parte de un estado miembro queda automáticamente fuera de la UE. He buscado los tratados sobre la UE y he sido incapaz de encontrar éste artículo concreto. Es más, si bien hay artículos que se refieren a la ampliación y/o admisión de un nuevo estado y a la retirada voluntaria, no hay ningún artículo sobre la secesión. Sí que es cierto que un estado que no es miembro, para serlo debería pedir el ingreso y debería ser aceptado por unanimidad pero, en ningún caso está contemplado el caso de una secesión y pérdida de derechos como ciudadano de la Unión Europea. Lo que me ha parecido sentir siempre en las declaraciones oficiales es que la respuesta a qué pasa con la secesión de una parte de un estado miembro, será respondido cuando un estado miembro lo pida; cosa que todavía no ha pasado.

Siguiendo con mis reflexiones y para concretar más, me gustaría recordar algunos artículos más de la Constitución Española. Son los que hacen referencia a la Nacionalidad; el artículo 11. Por partes, se puede leer: “1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley. 2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad. 3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen”. Interesante artículo que merece alguna reflexión y que a mí, particularmente, me sugiere algunas dudas o cuestiones.

“Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad”. Por ejemplo, entiendo que los catalanes independizados de España. Es decir, mientras sigamos siendo españoles porqué podemos no renunciar voluntariamente a la nacionalidad española o, en un plazo inferior a los tres años, haber declarado nuestra “voluntad de conservar su nacionalidad”, España no puede retirar la nacionalidad española a ningún catalán y, como español, continuamos siendo europeos y no deberíamos perder ninguno de nuestros derechos como tal. No parece tan trivial.

A mi modo de entender, mientras ningún catalán renuncie voluntariamente a la nacionalidad española, va a continuar aprovechándose de las ventajas y derechos de ser europeo. Esto parece que resuelve la actual generación o lo nacidos antes de la declaración de independencia pero, ¿qué pasaría con los hijos catalanes, los que hayan nacido en una Catalunya independiente? Según leo en la página web del ministerio de justicia: “Son españoles de origen: Los nacidos de padre o madre española”. Es decir, no parece que vayamos a perder derechos a no ser que los españoles modifiquen la Constitución y las leyes para privar a ciudadanos españoles de su nacionalidad. Paradójicamente, después de explotar el argumento que los catalanes quieren ser españoles y por eso no nos podemos independizar, sería España la que negaría la nacionalidad española a los españoles y no los catalanes.

No espero ninguna respuesta a mi carta, puesto que sólo le quería hacer llegar unas reflexiones. Como dijo Sócrates, sólo sé que no sé nada. Sólo he leído algunos tratados y leyes y me parece que nada es tan trivial cómo dicen muchos. Los triste para nosotros (los catalanes) es que nos los creemos todo y no tenemos periodistas ni políticos que hagan esta reflexión y la expliquen a los ciudadanos. 

Sin más, reciba un cordial saludo.

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